La Sucesión Intestamentaria: Cuando la Ley Designa a los Herederos
Si un familiar fallece sin dejar un testamento válido, la ley civil entra en acción para determinar quiénes son los herederos y en qué proporción les toca la herencia. Este proceso se conoce como Sucesión Intestamentaria (o Legítima).
Aunque es un procedimiento más largo que la Sucesión Testamentaria, con la asesoría legal adecuada, se puede garantizar que los bienes pasen a las personas que la ley considera prioritarias.
🥇 1. El Orden de los Herederos (La "Línea" de la Ley)
El Código Civil establece un orden estricto de prelación. El Juez solo pasa al siguiente orden si no existe el anterior:
- Descendientes y Cónyuge/Concubino(a): Los hijos y el cónyuge (o la persona con quien vivía en concubinato) son los primeros en heredar.
- Ascendientes: A falta de descendientes, heredan los padres, abuelos o bisabuelos.
- Hermanos: A falta de los anteriores, heredan los hermanos y sobrinos.
- Otros Parientes: Parientes colaterales.
- Beneficencia Pública: A falta de todos los anteriores, los bienes pasan al Estado.
El Cónyuge/Concúbino: Es importante destacar que el cónyuge tiene derecho a heredar como un hijo más, pero su parte se ajusta para recibir la porción de un descendiente.
👨👩👧👦 2. El Juicio en Etapas
El proceso se divide en cuatro etapas principales que se llevan a cabo ante el Juez de lo Familiar:
- Denuncia y Declaración de Herederos: Se presenta la solicitud. El Juez realiza una investigación para determinar quiénes son los parientes y declara legalmente quiénes tienen derecho a heredar.
- Nombramiento del Albacea: Los herederos designan a una persona que será la administradora de los bienes durante el juicio.
- Inventario y Avalúo: Se listan todos los bienes, derechos y deudas del fallecido y se les asigna un valor (mediante un perito valuador).
- Adjudicación: Una vez cubiertos los impuestos y deudas, el Juez dicta una resolución final donde se asigna formalmente la propiedad de los bienes a los herederos, y se ordena la elaboración de las nuevas escrituras.