Reivindicatorio y Prescripción
En el Derecho Civil, hay dos acciones cruciales para recuperar o liberar bienes y obligaciones: la **Acción Reivindicatoria** (recuperar la propiedad física) y la **Prescripción Negativa** (extinción de la obligación por el paso del tiempo).
En Lex Digital Abogados, usamos estas herramientas para proteger el patrimonio de nuestros clientes.
La Acción Reivindicatoria: Recuperación de la Posesión
Esta acción la utiliza el **dueño legal** (quien tiene la escritura) contra la persona que posee el bien sin título legal (un invasor, un precarista, etc.).
- Prueba Fundamental: El dueño debe probar que tiene la propiedad inscrita en el Registro Público.
- Perito Topógrafo: Esencial para identificar y delimitar exactamente el inmueble. (Gasto extraordinario).
La Defensa del Invasor: Posible Usucapión
Si usted es demandado en un Juicio Reivindicatorio, su defensa puede ser la **Usucapión** (Prescripción Positiva), es decir, que usted ya adquirió la propiedad por el tiempo de posesión.
Prescripción Negativa (Liberación de Deudas)
Una obligación (pago, deuda, etc.) se extingue si el acreedor no ejerce la acción judicial para reclamarla dentro del plazo que marca la ley (generalmente 10 años, pero puede ser menos en algunos casos).
- Defensa: Si le demandan una deuda antigua, su abogado puede oponer la excepción de **Prescripción Negativa**, logrando que el Juez la declare extinta.
¡Paso Siguiente!
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