El Principio "Necesidad del Acreedor y Posibilidad del Deudor"
En México, no existe un porcentaje único o una tabla fija que determine la Pensión Alimenticia. El monto se rige por un principio fundamental establecido en el Código Civil: el Juez debe considerar la **necesidad** de quien recibe los alimentos (los hijos o el cónyuge) y la **posibilidad económica** de quien debe darlos (el deudor alimentario).
La pensión no solo cubre comida, sino también vestido, habitación, salud, educación y recreación (Artículo 308 del Código Civil CDMX).
Factores para Determinar la Pensión Máxima
Aunque popularmente se habla de un 30% por un hijo, el Juez puede fijar porcentajes mucho mayores si se cumplen ciertos criterios:
- **Ingresos Comprobables:** El Juez ordena la búsqueda de ingresos mediante oficios a empleadores, bancos, etc. Si el deudor tiene altos ingresos (ej. más de 4 salarios mínimos), la pensión será un porcentaje mayor.
- **Nivel de Vida Anterior:** La pensión debe permitir al acreedor mantener el nivel de vida que tenía antes de la separación (ej. escuelas privadas, seguros de gastos médicos).
- **Necesidades Especiales:** Si el acreedor tiene discapacidad o enfermedades crónicas, la necesidad aumenta, y con ella, el porcentaje de pensión.
En casos de múltiples hijos, los Jueces han llegado a fijar pensiones de hasta el **50% o 60%** del sueldo neto del deudor, siempre salvaguardando un mínimo vital para él.
¿Existe una Pensión Mínima Legal?
No hay un porcentaje legal mínimo establecido. Sin embargo, la jurisprudencia y los Jueces establecen que la pensión nunca debe ser inferior a lo que se necesita para cubrir la canasta básica y las necesidades esenciales.
Deudor Desempleado:
Si el deudor no tiene un empleo formal, el Juez puede fijar la pensión con base en el **salario mínimo general vigente** o en las percepciones que obtenga por su actividad informal, ordenando pagos directos a través de un depósito judicial.
¿Cómo Probar la Capacidad Económica del Deudor?
Si el deudor oculta sus ingresos (trabajo por cuenta propia), la carga de la prueba recae en el acreedor, quien puede solicitar al Juez:
- Estudios socioeconómicos.
- Informes a instituciones bancarias o dependencias gubernamentales (SAT).
- Testigos o pruebas de un nivel de vida superior al declarado.
¡Paso Siguiente!
Presentar una demanda de alimentos bien fundamentada es crucial. Le ayudamos a recopilar la evidencia necesaria para probar los ingresos reales de la otra parte.