Cumplimiento de Contrato de Compraventa
Usted firmó un contrato privado de compraventa, pagó el precio total del inmueble, pero el vendedor se niega a comparecer ante el Notario para firmar la escritura pública. Esta situación deja su patrimonio en el aire, pues usted no es legalmente el dueño.
El Juicio de Otorgamiento y Firma de Escritura es la acción legal para obligar al vendedor a cumplir con el contrato, o para que el Juez firme en su rebeldía.
Requisitos para Demandar el Otorgamiento de Escritura
Para que el juicio sea exitoso, usted debe probar dos cosas fundamentales:
- La Existencia del Contrato: Contrato de compraventa, promesa de venta o cesión de derechos válidos.
- El Cumplimiento de su Obligación: Pruebas documentales de que usted pagó la totalidad del precio (transferencias, recibos, etc.).
El Papel del Juez y la Sentencia
Si se prueba que usted cumplió, la sentencia ordenará al demandado (vendedor) que firme la escritura.
- Firma en Rebeldía: Si el vendedor se niega a firmar (incluso después de la sentencia), el Juez firmará la escritura en su nombre, garantizando que usted pueda inscribir la propiedad a su nombre en el Registro Público de la Propiedad.
Costos Adicionales Clave
Nuestros honorarios cubren el juicio, pero los siguientes gastos siempre corren por cuenta del comprador (demandante):
- Gastos Notariales e Impuestos: Los costos de notaría, ISR (si aplica) y el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI).
- Avalúos: Necesarios para establecer el valor actual del inmueble para el cálculo de impuestos.
¡Paso Siguiente!
No deje su inversión en riesgo. Si el vendedor incumple, tenemos la vía legal para obligarlo a transferirle la propiedad.